02 agosto 2005

¿ERES REALMENTE UN PIRATA?

Es un poco largo pero esta muy bien.... NO Eres un Pirata 1.¿Bajas música o Películas de Internet? Según la Ley de Propiedad Intelectual : "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa." Por tanto, un usuario particular no tiene que solicitar autorización del autor/es de una obra musical o audiovisual cada vez que graba la misma para su propio uso, y sin que vaya a ser objeto de negocio.(SGAE) Pagina Oficial de la SGAE Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31 2.Cuando bajas esta música o Películas, ¿la grabas en varios CDRs, sales a la calle y la vendes? Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual : "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa." Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31 3.Si bajas música o peliculas ¿sueles regalar esa música o peliculas a un amigo/a? Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual : "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa." Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31 4.Si bajas música o Películas, ¿la usas para escucharla tú sólo en tu entorno privado? Al utilizarla en privado no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual : "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa." Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31 5.Si bajas música o Películas ¿la programas en una radio comercial? Al no obtener beneficio económico directo no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual : "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa." Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31 6.Si bajas música, ¿tienes a varios manteros a tu servicio vendiendo las copias de esta música por todas las calles de España o sólo de tu ciudad? Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual : "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa." Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31 7.Si eres dueño de una gran cadena mediática, bajas música de internet y al programarla en tu televisión o películas que produces ¿pagas derechos de autor? Al no difundirla o hacerlo pagando los correspondientes derechos de autor no existe delito alguno. Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31 8.¿Cuántos títulos aproximadamente tiene tu colección de música? Según la Ley de Propiedad Intelectual : "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa." Portanto usted tenga los titulos que tenga , no esta infringiendo la ley de la propiedad intelecutal siempre que el uso de este material sea privado. Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31 9.Alquilas películas en el videoclub y luego ¿realizas una copia de la película? Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual : "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa." Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31 10.¿Navega usted por el mar caribe (u otros) con un barco abordando otras naves, saqueandolas, pasando a la tripulación por el cuchillo y robando todas sus riquezas ? Al no abordar naves usted no esta cometiendo ningú delito. Volver a la Portada

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Mas largoooo que un día sin pannnn xDDD

Toni Vivas dijo...

soy un pirataaaaaa :EEEEEEEEEE
tengo güindows ilegal

Toni Vivas dijo...

y mas......